Índice de la guía

Objeto

En la presente guía se pretende explicar la necesidad de realizar el mantenimiento de las puertas industriales, así como en qué consiste este mantenimiento, cuando se debe llevar a cabo, cuales son las responsabilidades de los actores implicados y que documentación es necesaria.

¿Qué entendemos como Puerta Industrial?

Para concretar a qué tipo de elementos estamos haciendo referencia, nos basamos en la definición que da la norma armonizada correspondiente.

Esta definición se puede resumir esquemáticamente en:

  • Qué es > Puertas, portones y barreras
  • Qué uso tiene > Principalmente para acceso de mercancías y vehículos
  • En donde se colocan > En instalaciones industriales, instalaciones comerciales y garajes de viviendas.

(…) puertas industriales, comerciales y de garaje y portones, y barreras, destinadas a instalarse en áreas accesibles a las personas y cuyo principal objetivo es ofrecer seguridad de acceso a mercancías y vehículos acompañados o conducidos por personas en instalaciones industriales, comerciales o en garajes de viviendas.(…)

UNE-EN 13241:2004+A2:2017, artículo 1.1

Además, en la misma norma, tenemos una lista de elementos que no entran dentro de esta definición.

(…)
puertas de esclusas y de diques;
puertas de ascensores;
puertas de vehículos;
puertas blindadas;
puertas previstas principalmente para la retención animales;
telones de acero;
puertas motorizadas de movimiento horizontal, principalmente destinadas para uso de peatones, de acuerdo con la Norma EN 16361;
puertas giratorias de cualquier tamaño;
barreras de ferrocarril;
barreras de uso exclusivo para tráfico de vehículos.
(…)

UNE-EN 13241:2004+A2:2017, artículo 1.2

¿Qué es el mantenimiento?

Para tener una definición del mantenimiento nos podemos fijar en la norma general de terminología de mantenimiento. Esta norma nos indica que el mantenimiento son los trabajos técnicos, administrativos y de gestión para conservar o volver hacer funcional un equipo dado.

Combinación de todas las acciones técnicas, administrativas y de gestión realizadas durante el ciclo de vida de un elemento, destinadas a conservarlo o a devolverlo a un estado en el que pueda desempeñar la función requerida.(…)

UNE-EN 13306:2018, artículo 2.1

El mantenimiento lo podemos dividir en dos grupos según se realice de manera periódica para evaluar el estado del equipo (mantenimiento preventivo), o para corregir una avería detectada (mantenimiento correctivo). Tenemos ambas definiciones en la misma norma.

mantenimiento preventivo:

Mantenimiento llevado a cabo para evaluar y/o mitigar la degradación y reducir la probabilidad de fallo de un elemento.

UNE-EN 13306:2018, artículo 7.1

mantenimiento correctivo:

Mantenimiento que se realiza después del reconocimiento de una avería y que está destinado a poner a un elemento en un estado en que pueda realizar una función requerida.

UNE-EN 13306:2018, artículo 7.9

En el presente documento vamos a hacer referencia esencialmente al mantenimiento preventivo.

¿Es obligatorio el mantenimiento en las Puertas Industriales?

Vamos a estudiar la obligatoriedad del mantenimiento en las puertas industriales desde tres enfoques diferentes: edificación, industria y Código Técnico de la Edificación.

Edificación

Si nos fijamos en el Código Civil, vemos que el propietario es el responsable de los daños por falta de mantenimiento, de lo que se deduce que el mantenimiento es necesario y el propietario es el responsable de este.

El propietario de un edificio es responsable de los daños que resulten de la ruina de todo o parte de él, si ésta sobreviniere por falta de las reparaciones necesarias.

Código Civil, Real Decreto de 24 de Julio de 1889, artículo 1907

Industria

Fijándonos en las disposiciones de seguridad y salud para los lugares de trabajo es obligatorio el mantenimiento periódico de las instalaciones que allí concurran, y, en nuestro caso particular, de las puertas de acceso.

4. Los lugares de trabajo y, en particular, sus instalaciones, deberán ser objeto de un mantenimiento periódico, de forma que sus condiciones de funcionamiento satisfagan siempre las especificaciones de proyecto, subsanándose con rapidez las deficiencias que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.

(…)

Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, Real Decreto 486/1997, anexo II punto 4

Código Técnico de la Edificación

El Código Técnico de la Edificación (CTE) es el marco normativo que establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).

De manera general, si nos fijamos en la primera parte del CTE, este nos indica que es obligatorio el mantenimiento en edificios y que debe ser llevado a cabo por un técnico competente.

El edificio debe conservarse en buen estado mediante un adecuado mantenimiento. Esto supondrá la realización de las siguientes acciones:

a) llevar a cabo el plan de mantenimiento del edificio, encargando a técnico competente las operaciones programadas para el mantenimiento del mismo y de sus instalaciones.

b) (…)

CTE Parte I artículo 8.2 punto 2

De manera más concreta, en el documento básico de seguridad de utilización y accesibilidad, se especifica que las puertas industriales deben cumplir con las condiciones de seguridad que se establezcan en la correspondiente reglamentación.

Y en los comentarios de este artículo, por lo que respecta al mantenimiento, se hace referencia a una norma de ámbito europeo (UNE-EN 12635:2002+A1:2009), complementada por otra de ámbito nacional (UNE 85635:2012).

Las puertas industriales, comerciales, de garaje y portones cumplirán las condiciones de seguridad de utilización que se establecen en su reglamentación específica y tendrán marcado CE de conformidad con los correspondientes Reglamentos y Directivas Europeas.

CTE DB SUA 2 artículo 1.2 punto 3

Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones

()

 En relación a su instalación, uso y mantenimiento, la conformidad con la Directiva de máquinas puede obtenerse mediante el cumplimiento de la norma UNE-EN 12635:2002+A1:2009 “Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Instalación y uso”

Por otro lado, se ha publicado la norma española UNE 85635:2012 “Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones ya instalados o de nueva instalación. Requisitos específicos de instalación, uso, mantenimiento y modificación”, que complementa a las anteriores.

()

CTE DB SUA 2 artículo 1.2 punto 3, comentarios

Dentro de la norma de ámbito nacional (UNE 85635:2012), se indica la obligatoriedad del mantenimiento que recae en el propietario que delegará en un mantenedor .

El propietario de la puerta, y en su caso el usuario, debe:

Utilizar, conservar y mantener la puerta conforme al manual de usuario y el libro de mantenimiento suministrado por el fabricante o instalador, para asegurar unas condiciones seguras de funcionamiento.

()

Realizar las revisiones y mantenimiento de la puerta con un mantenedor que cumpla los requisitos establecidos en la presente norma, cuando sea de aplicación, como por ejemplo para la realización de los procedimientos de mantenimiento preventivo de nivel avanzado.

()

UNE 85635:2012, artículo 5.3.3

¿Cuáles son las responsabilidades en el mantenimiento de las Puertas Industriales?

Los dos actores principales en el mantenimiento son el propietario y el mantenedor . Vamos a estudiar las responsabilidades de cada uno por separado.

Responsabilidades del propietario

Al igual que para el estudio de la obligatoriedad del mantenimiento, vamos a estudiar las responsabilidades del propietario desde tres enfoques diferentes: edificación, industria y Código Técnico de la Edificación.

Edificación

Tal como veíamos en el apartado anterior, en el Código Civil se especifica que el propietario es el responsable de los daños por falta de mantenimiento, por lo que el propietario pasa a ser responsable de este mantenimiento.

El propietario de un edificio es responsable de los daños que resulten de la ruina de todo o parte de él, si ésta sobreviniere por falta de las reparaciones necesarias.

Código Civil, Real Decreto de 24 de Julio de 1889, artículo 1907

Esto se reafirma si nos fijamos en la Ley de la propiedad horizontal, donde se indica que los trabajos de mantenimiento son obligatorios.

Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

b) ()

 Ley de la propiedad horizontal, Ley 49/1960, artículo 10, punto 1

Industria

Lo que nos indica la Ley de Industria es que es una infracción grave el utilizar las instalaciones sin cumplir las normas reglamentarias. Y dentro de estas normas, para el caso de puertas industriales , se indica, entre otras cosas, la obligatoriedad del mantenimiento (ver apartado de obligatoriedad).

Son infracciones graves las siguientes:

a) La fabricación, importación, distribución, comercialización, venta, transporte, instalación, reparación o utilización de productos, aparatos o elementos sujetos a seguridad industrial sin cumplir las normas reglamentarias, cuando comporte peligro o daño grave para personas, flora, fauna, cosas o el medio ambiente.

b) ()

Ley de Industria, Ley 21/1992, artículo 31, punto 2

Código Técnico de la Edificación

Como hemos visto en el apartado de obligatoriedad para las puertas industriales , en el CTE se hace referencia a dos normas de instalación, uso y mantenimiento. En la norma de ámbito nacional se indican como principales responsabilidades del propietario las siguientes:

  • Realizar el mantenimiento por medio de un mantenedor.
  • Comenzar el mantenimiento planificado cuando se pone en servicio la puerta.
  • Permitir el acceso a la puerta al mantenedor.
  • Informar al mantenedor de las incidencias de relevancia en la vida de la puerta.
  • Evaluar las condiciones de seguridad si hay cambios de relevancia.

El propietario de la puerta, y en su caso el usuario debe:

  • Utilizar, conservar y mantener la puerta conforme al manual de usuario y el libro de mantenimiento suministrado por el fabricante o instalador, para asegurar unas condiciones seguras de funcionamiento.
  • Cumplir toda la reglamentación nacional aplicable y demás requisitos relevantes para el mantenimiento de la puerta.
  • Adecuar las puertas ya instaladas a los nuevos requisitos mínimos de seguridad que puedan haber surgido como consecuencia del desarrollo de nueva reglamentación o directrices posteriores a su instalación.
  • Exigir la documentación necesaria.
  • Realizar las revisiones y mantenimiento de la puerta con un mantenedor que cumpla los requisitos establecidos en la presente norma, cuando sea de aplicación, como por ejemplo para la realización de los procedimientos de mantenimiento preventivo de nivel avanzado.
  • Llevar a cabo un mantenimiento planificado realizado por un mantenedor, como muy tarde cuando la puerta sea puesta en servicio, o, si va a permanecer sin utilizarse por un largo período de tiempo, antes de ponerse de nuevo en servicio.
  • Facilitar al mantenedor el acceso a la puerta y al propio equipo para sus verificaciones.
  • Impedir el funcionamiento de la puerta cuando, directa o indirectamente, tenga conocimiento de que la misma no reúne las mínimas condiciones de seguridad para las personas.
  • Dejar fuera de servicio la puerta en caso de situaciones peligrosas.
  • Informar al mantenedor en los siguientes casos:
    • Inmediatamente, acerca de cualquier funcionamiento percibido como anormal, o cambios anormales en su entorno directo.
    • Inmediatamente, después de dejar fuera de servicio la puerta por una situación peligrosa.
    • Antes de realizar cualquier modificación relacionada con la instalación, su uso y/o su entorno.
    • Antes de realizar cualquier inspección por una tercera parte, u otros trabajos distintos de los de mantenimiento, en la puerta.
    • Antes de poner la puerta fuera de servicio durante un período de tiempo prolongado.
    • Antes de poner de nuevo la puerta en servicio después de un prolongado período de tiempo parada.
  • Asegurar que se evalúan las condiciones de seguridad de la puerta si:
    • Se cambia de mantenedor.
    • Se cambia el uso del edificio y/o de la instalación.
    • Se realiza una modificación importante de la puerta o del edificio.
    • Tras un accidente grave.

UNE 85635:2012, artículo 5.3.3

Responsabilidades del mantenedor

Respecto de las responsabilidades del mantenedor tenemos como referencia la norma sobre instalación, uso y mantenimiento de ámbito nacional indicada en el CTE. Según esta norma las principales responsabilidades del mantenedor son:

  • Realizar el mantenimiento.
  • En el caso que hubiera deficiencias de seguridad avisar al propietario por medio de un informe.
  • Hacer las reparaciones correspondientes a petición del propietario.
  • Guardar los registros de las operaciones de mantenimiento durante un mínimo de 10 años.

El mantenedor debe:

a) Mantener las puertas de acuerdo con el libro de mantenimiento del fabricante. Debe prestarse especial atención a los elementos de seguridad de la puerta, manteniendo su buen funcionamiento para velar por la seguridad de las personas, dejando constancia documental.

b) Advertir y poner en conocimiento al propietario de cualquier riesgo grave de accidente que aprecie.

c) Poner en conocimiento del propietario de la puerta las deficiencias de la misma que afecte a la seguridad de las personas o de los bienes, con el fin de que sean subsanadas en el menor plazo de tiempo posible y entregar al propietario de la puerta un informe con las deficiencias de seguridad detectadas, indicando los dispositivos mínimos que se precisen para garantizar la seguridad de la puerta (véanse los anexos B y C).

d) Atender los requerimientos del propietario de la puerta para corregir averías que se produzcan en su funcionamiento, en cumplimiento de lo que hayan acordado.

e) Tener a disposición del propietario, mediante registros informáticos o de cualquier otra índole, la información relativa a todas las operaciones de mantenimiento, modificaciones y reparaciones efectuadas, incluyendo recomendaciones (por ejemplo, mejoras, sustituciones, etc.)

Los registros de las operaciones de mantenimiento realizadas en las puertas deben conservarse durante un período mínimo de 10 años.

UNE 85635:2012, artículo 5.4.3

¿Qué mantenimiento hay en las Puertas Industriales y cada cuánto tiempo?

Para ver qué mantenimiento hay que realizar a las puertas industriales , y cada cuanto tiempo, tenemos que acudir a las normas de instalación, uso y mantenimiento indicadas en el CTE.  En ambas normas se indica que es el fabricante de la puerta quien tiene que especificar que revisiones se tienen que llevar a cabo en el mantenimiento y con qué periodicidad.

()

El fabricante debe especificar los diferentes niveles de mantenimiento y de inspección requeridos (incluyendo comprobaciones de seguridad de funcionamiento) así como su frecuencia de aplicación. La sustitución periódica de componentes necesaria para la clasificación de durabilidad del producto, así como el nivel de avería y los criterios aplicables para el rechazo deben estar claramente indicados.

()

UNE-EN 12635:2002+A1:2009, artículo 5.5

()

El fabricante debe especificar los diferentes niveles de mantenimiento y de revisión requeridos (incluyendo comprobaciones de seguridad de mantenimiento), así como definir la periodicidad de las operaciones de mantenimiento preventivo, tanto de nivel básico como avanzado, según las características y el uso de la puerta.

()

UNE 85635:2012, artículo 5.4.1

En el caso de la norma de ámbito nacional (UNE 85635:2012) además se indica una periodicidad mínima recomendada, en función de su uso, para los casos que no se tenga información por parte del fabricante.

()

En el caso de no disponer de la información indicada en el párrafo anterior, y de forma general, se consideran aconsejables las periodicidades mínimas de mantenimiento y revisión indicadas en la tabla 1.

Tabla 1 – Periodicidades mínimas recomendadas de mantenimiento y revisión

Puertas para uso

Criterio

Cada

Garaje y residencial

Nº vehículos ≤ 5

12 meses

5 < Nº vehículos ≤ 10

6 meses

Nº vehículos > 50

4 meses

Uso estacional 1)

12 meses

Industrial

Todas, excepto puertas rápidas

6 meses

Puertas rápidas 2)

4 meses

Comercial

≤ 10 ciclos/día

6 meses

> 10 ciclos/día

4 meses

Cierres o puertas enrollables

12 meses

1)     Se refiere a usos de la puerta en períodos cortos y determinados de tiempo (por ejemplo, durante el verano o vacaciones).

2)     Puerta rápida: puertas de apertura rápida diseñadas para un gran número de ciclos de funcionamiento (uso intensivo) y que ayudan a mejorar el flujo de tráfico de vehículos industriales.

()

UNE 85635:2012, artículo 5.4.1

¿Quién tiene que hacer el mantenimiento de las Puertas Industriales?

Tal como se indica en la norma de instalación y uso de ámbito europeo mencionada en el CTE, el mantenimiento debe ser llevado a cabo por una organización o persona competente .

()

Solamente una instalación y mantenimiento correctos, llevados a cabo por una organización o persona competente, de conformidad con las instrucciones puede asegurar la seguridad y el funcionamiento previsto de una instalación.

()

UNE-EN 12635:2002+A1:2009, artículo 0

Niveles de competencia

Las instrucciones de mantenimiento dadas por el fabricante de la puerta industrial deben estar divididas en varios niveles en función de la competencia necesaria para llevar a cabo las correspondientes tareas.

En las dos normas indicadas en el CTE para el mantenimiento de puertas industriales , de ámbito europeo y nacional, se diferencian aquellas operaciones para las que no son necesarias una competencia específica (que pueden ser llevadas a cabo por el usuario , como sería la limpieza periódica), y otras para las que se necesita personal con competencias específicas (mantenedor especializado, para la comprobación de elementos mecánicos, eléctricos o de seguridad).

Las instrucciones de funcionamiento, que debe suministrar el fabricante, deben indicar claramente los diferentes niveles de competencia requerida para las tareas concernientes:

a) instrucciones generales sencillas que permitan al propietario asegurar un funcionamiento sin incidentes de la puerta, y esto, sin competencia específica;

b) instrucciones relativas a funciones de mantenimiento que puedan ser ejecutadas por personas que tienen competencias técnicas básicas del producto;

c) procedimientos de mantenimiento avanzado que deban ser ejecutados únicamente por personal adecuadamente preparado;

d) operaciones de mantenimiento para las cuales es conveniente consultar al fabricante por razones de seguridad.

()

UNE-EN 12635:2002+A1:2009, artículo 5.5

()

Las instrucciones suministradas con la puerta por parte del fabricante deben indicar claramente los diferentes niveles de competencia requerida para las tareas especificadas:

a) Nivel básico

Instrucciones generales sencillas que permitan asegurar al propietario o usuario un funcionamiento sin incidentes de la puerta, sin necesidad de competencia específica. En general se refieren a operaciones de limpieza y supervisión.

b) Nivel avanzado

Procedimientos de mantenimiento preventivo avanzado que deben ser ejecutados únicamente por personal competente. En general se refieren al engrasado (lubricación) y comprobación de los elementos mecánicos, eléctricos y componentes de seguridad y su funcionalidad, así como los ajustes de activadores, seguridades, velocidades, hojas, etc.

()

UNE 85635:2012, artículo 5.4.1

Competencia necesaria del mantenedor

De manera general podemos encontrar una definición de competencia profesional en la ley orgánica de Cualificaciones y de la Formación Profesional. En esta definición se incide en la necesidad de poseer los conocimientos y capacidades que permiten llevar a cabo la tarea de manera adecuada. En la definición de Cualificación profesional se especifica que estos conocimientos se pueden adquirir mediante formación o experiencia laboral.

4. A los efectos de la presente Ley, se entenderá por:

a) Cualificación profesional: el conjunto de estándares de competencia con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación y a través de la experiencia laboral.

b) Competencia profesional: el conjunto de conocimientos y capacidades que permitan el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo.

Ley de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, Ley Orgánica 5/2002, artículo 7 punto 4

De manera más concreta nos podemos fijar en la definición de persona competente que da la norma europea de instalación, uso y mantenimiento de puertas industriales mencionada en el CTE. En esta definición, además de volver a incidir en los conocimientos y experiencia, se añade la necesidad de tener las instrucciones adecuadas para llevar a cabo el trabajo.

persona competente:

Persona, entrenada adecuadamente, cualificada por conocimientos y experiencia práctica, y provista de las instrucciones necesarias que le capacitan para llevar a cabo la instalación requerida correctamente y con seguridad.

UNE-EN 12635:2002+A1:2009, artículo 3.2

¿Qué documentación es necesaria en el mantenimiento de las Puertas Industriales?

La documentación involucrada en el mantenimiento de las puertas industriales la podemos agrupar en dos bloques, documentación previa y documentación a generar durante el mantenimiento.

Documentación previa

La documentación necesaria inicialmente antes de comenzar las tareas de mantenimiento consiste en:

Esto viene reflejado tanto en la norma de instalación, uso y mantenimiento de ámbito europeo indicada en el CTE, como la de ámbito nacional. En la norma europea se indican estos dos documentos (junto a las instrucciones de uso) como la documentación a entregar al propietario al término de la instalación de la puerta. En la norma de ámbito nacional se incluyen las instrucciones de mantenimiento dentro del libro de mantenimiento .

Una vez terminada la instalación, debe ser entregada al propietario la documentación mínima siguiente:

a) instrucciones de funcionamiento;

b) instrucciones de mantenimiento rutinario;

c) un libro de mantenimiento (conforme al anexo B) para las puertas motorizadas. Este requisito puede obviarse en el caso de puertas de garaje doméstico no automáticas de movimiento vertical para uso exclusivo de una vivienda que no abre a zonas accesibles al público, fuera de los límites de la casa.

()

UNE-EN 12635:2002+A1:2009, artículo 5.3

El libro de mantenimiento, que prepara el fabricante y debe entregarse al propietario después de la instalación, debe incluir las instrucciones relativas al mantenimiento de la puerta. …

UNE 85635:2012, artículo 5.4.2

Documentación a generar

En ambas normas mencionadas en el apartado anterior se hace referencia a dos documentos a tener en cuenta tras llevar a cabo las operaciones de mantenimiento:

Además, en la norma de ámbito nacional, se indica la necesidad de realizar un informe, en el caso que sea pertinente, con las deficiencias de seguridad detectadas. Y, también en esta última norma, se indica la obligatoriedad, por parte del mantenedor, de guardar los informes de mantenimiento durante un período mínimo de 10 años.

()

Las instrucciones de mantenimiento deben informar al propietario sobre la importancia que tiene el registro de cualquier operación de mantenimiento.

UNE-EN 12635:2002+A1:2009, artículo 5.5

()

El libro de mantenimiento debe incluir un espacio disponible para registrar:

todas las operaciones de mantenimiento y todas las reparaciones efectuadas, incluyendo las recomendaciones (por ejemplo, mejoras, sustituciones);

todas las modificaciones o mejoras importantes realizadas;

cualquier trabajo efectuado;

nombre, fecha y firma de la persona responsable.

UNE-EN 12635:2002+A1:2009, anexo B

(…)

El libro de mantenimiento debe recoger, al menos, los datos siguientes:

Nombre y dirección de contacto del fabricante.
En su caso, nombre y dirección de contacto del instalador.
Nombre y dirección del mantenedor.
– Identificación de la puerta (tipo, dimensiones, etc.).
Número único de identificación que aparece en el Marcado CE de la puerta6) (según la directiva de máquinas).
Ubicación de la puerta (si es necesario).
Fecha de instalación.
Fecha de entrega/puesta en marcha.
En su caso, los cambios sucesivos de mantenedor que se produzcan.
Revisiones periódicas de mantenimiento preventivo (nombre, fecha y firma).

()

UNE 85635:2012, artículo 5.4.2

El mantenedor debe:

a) Mantener las puertas de acuerdo con el libro de mantenimiento del fabricante. Debe prestarse especial atención a los elementos de seguridad de la puerta, manteniendo su buen funcionamiento para velar por la seguridad de las personas, dejando constancia documental.

b) Advertir y poner en conocimiento al propietario de cualquier riesgo grave de accidente que aprecie.

c) Poner en conocimiento del propietario de la puerta las deficiencias de la misma que afecte a la seguridad de las personas o de los bienes, con el fin de que sean subsanadas en el menor plazo de tiempo posible y entregar al propietario de la puerta un informe con las deficiencias de seguridad detectadas, indicando los dispositivos mínimos que se precisen para garantizar la seguridad de la puerta (véanse los anexos B y C).

d) Atender los requerimientos del propietario de la puerta para corregir averías que se produzcan en su funcionamiento, en cumplimiento de lo que hayan acordado.

e) Tener a disposición del propietario, mediante registros informáticos o de cualquier otra índole, la información relativa a todas las operaciones de mantenimiento, modificaciones y reparaciones efectuadas, incluyendo recomendaciones (por ejemplo, mejoras, sustituciones, etc.)

Los registros de las operaciones de mantenimiento realizadas en las puertas deben conservarse durante un período mínimo de 10 años.

UNE 85635:2012, artículo 5.4.3

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