Índice de la guía
Objeto
En la presente guía se pretende explicar la necesidad de realizar el mantenimiento de las puertas peatonales automáticas, así como en qué consiste este mantenimiento, cuando se debe llevar a cabo, cuales son las responsabilidades de los actores implicados y que documentación es necesaria.
Para concretar a qué tipo de elemento estamos haciendo referencia, nos basamos en la definición que de la norma armonizada correspondiente.
Esta definición se puede resumir esquemáticamente en:
- Qué es > Puerta
- Qué uso tiene > Paso de peatones
- Accionamiento > Mediante fuente externa de energía
Puerta únicamente para el paso de peatones con una o más hojas que se mueven, al menos en un sentido, mediante una fuente externa de energía (por ejemplo, energía eléctrica), en vez de manualmente o mediante energía mecánica almacenada.
UNE-EN 16005:2013, artículo 3.1
De manera específica, basándonos en la norma de terminología referenciada en la misma norma armonizada, se indica que una puerta es un dispositivo que permite el cierre de un hueco previsto para el paso de vehículos y de personas.
puerta: Dispositivo que permite el cierre de un hueco previsto para el paso de vehículos y de personas.
UNE-EN 12433-1:2000, artículo 2.1
Para tener una definición del mantenimiento nos podemos fijar en la norma general de terminología de mantenimiento. Esta norma nos indica que el mantenimiento son los trabajos técnicos, administrativos y de gestión para conservar o volver hacer funcional un equipo dado.
Combinación de todas las acciones técnicas, administrativas y de gestión realizadas durante el ciclo de vida de un elemento, destinadas a conservarlo o a devolverlo a un estado en el que pueda desempeñar la función requerida. (…)
UNE-EN 13306:2018, artículo 2.1
El mantenimiento de puertas automáticas lo podemos dividir en dos grupos según se realice de manera periódica para evaluar el estado del equipo (mantenimiento preventivo), o para corregir una avería detectada (mantenimiento correctivo). Tenemos ambas definiciones en la misma norma.
mantenimiento preventivo:
Mantenimiento llevado a cabo para evaluar y/o mitigar la degradación y reducir la probabilidad de fallo de un elemento.
UNE-EN 13306:2018, artículo 7.1
mantenimiento correctivo:
Mantenimiento que se realiza después del reconocimiento de una avería y que está destinado a poner a un elemento en un estado en que pueda realizar una función requerida.
UNE-EN 13306:2018, artículo 7.9
En el presente documento vamos a hacer referencia esencialmente al mantenimiento preventivo.
Vamos a estudiar la obligatoriedad del mantenimiento en las puertas peatonales automáticas desde tres enfoques diferentes: edificación, industria y Código Técnico de la Edificación.
Si nos fijamos en el Código Civil, vemos que el propietario es el responsable de los daños por falta de mantenimiento, de lo que se deduce que el mantenimiento es necesario y el propietario es el responsable de este.
El propietario de un edificio es responsable de los daños que resulten de la ruina de todo o parte de él, si ésta sobreviniere por falta de las reparaciones necesarias.
Código Civil, Real Decreto de 24 de Julio de 1889, artículo 1907
Fijándonos en las disposiciones de seguridad y salud para los lugares de trabajo es obligatorio el mantenimiento periódico de las instalaciones que allí concurran, y, en nuestro caso particular, de las puertas de acceso.
4. Los lugares de trabajo y, en particular, sus instalaciones, deberán ser objeto de un mantenimiento periódico, de forma que sus condiciones de funcionamiento satisfagan siempre las especificaciones de proyecto, subsanándose con rapidez las deficiencias que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.
(…)
Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, Real Decreto 486/1997, anexo II punto 4
El Código Técnico de la Edificación (CTE) es el marco normativo que establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
De manera general, si nos fijamos en la primera parte del CTE, este nos indica que es obligatorio el mantenimiento en edificios y que debe ser llevado a cabo por un técnico competente.
El edificio debe conservarse en buen estado mediante un adecuado mantenimiento. Esto supondrá la realización de las siguientes acciones:
a) llevar a cabo el plan de mantenimiento del edificio, encargando a técnico competente las operaciones programadas para el mantenimiento del mismo y de sus instalaciones.
b) (…)
CTE Parte I, artículo 8.2 punto 2
De manera más concreta, en el documento básico de seguridad de utilización y accesibilidad, se especifica que las puertas peatonales automáticas deben cumplir con las condiciones de seguridad que se establezcan en la correspondiente reglamentación.
Y en los comentarios de este artículo, por lo que respecta al mantenimiento, se hace referencia a una norma de ámbito nacional (UNE 85121:2018).
Las puertas peatonales automáticas cumplirán las condiciones de seguridad de utilización que se establecen en su reglamentación específica y tendrán marcado CE de conformidad con los correspondientes Reglamentos y Directivas Europeas.
CTE DB SUA 2, artículo 1.2 punto 4
Puertas peatonales automáticas
En relación con las condiciones de seguridad de utilización, las puertas peatonales automáticas deben contar con Marcado CE de acuerdo con la Directiva de máquinas. Esto puede hacerse de conformidad con la norma UNE-EN 16005:2013 “Puertas automáticas peatonales. Seguridad de uso. Requisitos y métodos de ensayo”.
En relación a su instalación, uso y mantenimiento, conforme a SI 3-6, punto 5, las puertas peatonales automáticas se someterán obligatoriamente a las condiciones establecidas en la norma UNE 85121:2018.
CTE DB SUA 2, artículo 1.2 punto 4, comentarios
Dentro esta norma, se indica la obligatoriedad del mantenimiento que recae en el propietario que delegará en un mantenedor .
El propietario de la puerta debe tener en cuenta lo siguiente para el correcto uso y funcionamiento de la puerta:
– Mantener la puerta en condiciones seguras de funcionamiento encargando el mantenimiento de la misma a una organización que cumpla los requisitos de la presente norma.
– (…)
– Mantener la puerta en condiciones seguras de funcionamiento encargando el mantenimiento de la misma a una organización que cumpla los requisitos de la presente norma.
– (…)
UNE 85121:2018, artículo 4.3.2
Los dos actores principales en el mantenimiento son el propietario y el mantenedor . Vamos a estudiar las responsabilidades de cada uno por separado.
Al igual que para el estudio de la obligatoriedad del mantenimiento, vamos a estudiar las responsabilidades del propietario desde tres enfoques diferentes: edificación, industria y Código Técnico de la Edificación.
Tal como se veíamos en el apartado anterior, en el Código Civil vemos que el propietario es el responsable de los daños por falta de mantenimiento, por lo que el propietario pasa a ser responsable de este mantenimiento.
El propietario de un edificio es responsable de los daños que resulten de la ruina de todo o parte de él, si ésta sobreviniere por falta de las reparaciones necesarias.
Código Civil, Real Decreto de 24 de Julio de 1889, artículo 1907
Esto se reafirma si nos fijamos en la Ley de la propiedad horizontal, donde se indica que los trabajos de mantenimiento son obligatorios.
Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:
a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.
b) (…)
Ley de la propiedad horizontal, Ley 49/1960, artículo 10, punto 1
Lo que nos indica la Ley de Industria es que es una infracción grave el utilizar las instalaciones sin cumplir las normas reglamentarias. Y dentro de estas normas, para el caso de puertas peatonales automáticas , se indica, entre otras cosas, la obligatoriedad del mantenimiento (ver apartado de obligatoriedad).
Son infracciones graves las siguientes:
a) La fabricación, importación, distribución, comercialización, venta, transporte, instalación, reparación o utilización de productos, aparatos o elementos sujetos a seguridad industrial sin cumplir las normas reglamentarias, cuando comporte peligro o daño grave para personas, flora, fauna, cosas o el medio ambiente.
b) (…)
Ley de Industria, Ley 21/1992, artículo 31, punto 2
Como hemos visto en el apartado de obligatoriedad para las puertas peatonales automáticas , en el CTE se hace referencia a una norma de instalación, uso y mantenimiento. En esta norma se indican como principales responsabilidades del propietario las siguientes:
- Realizar el mantenimiento por medio de un mantenedor.
- Comenzar el mantenimiento planificado cuando se pone en servicio la puerta.
- Permitir el acceso a la puerta al mantenedor.
- Informar al mantenedor de las incidencias de relevancia en la vida de la puerta.
- Evaluar las condiciones de seguridad si hay cambios de relevancia.
El propietario de la puerta debe tener en cuenta lo siguiente para el correcto uso y funcionamiento de la puerta:
- Mantener la puerta en condiciones seguras de funcionamiento encargando el mantenimiento de la misma a una organización que cumpla los requisitos de la presente norma.
- Poner a disposición de la organización de mantenimiento el libro de mantenimiento cuando sea necesario.
- Debe llevar a cabo un mantenimiento planificado realizado por una organización de mantenimiento, como muy tarde cuando la instalación sea puesta en servicio o si, va a permanecer sin utilizarse por un largo periodo de tiempo, antes de ponerse de nuevo en servicio.
- Informar a la organización de mantenimiento en los siguientes casos:
- Inmediatamente, acerca de cualquier funcionamiento percibido como anormal, o cambios anormales en su entorno directo.
- Inmediatamente, después de dejar fuera de servicio la instalación por una situación peligrosa.
- Antes de realizar cualquier modificación relacionada con la puerta, ya sea la configuración, el uso o el entorno.
- Antes de realizar cualquier inspección por una tercera parte, u otros trabajos distintos de los de mantenimiento, en la instalación.
- Antes de poner la instalación fuera de servicio durante un período de tiempo prolongado.
- Antes de poner de nuevo la instalación en servicio después de un prolongado período de tiempo parada.
- Evaluar las condiciones de seguridad de la puerta si:
- Se cambia la organización de mantenimiento.
- Se cambia el uso del edificio y/o de la instalación.
- Se realiza una modificación importante de la instalación o del edificio.
- Si fuera el caso, tras un accidente en el que esté involucrada la puerta.
- Utilizar, conservar y mantener la puerta conforme al manual de uso y mantenimiento facilitado por el fabricante o según lo establecido en la presente norma.
- Impedir el funcionamiento de la instalación cuando tenga conocimiento de que la misma no reúne las condiciones de seguridad.
- Facilitar el acceso a la inspección y al propio equipo de la empresa mantenedora para sus verificaciones.
UNE 85121:2018, artículo 4.3.2
Respecto de las responsabilidades del mantenedor tenemos como referencia la norma sobre instalación, uso y mantenimiento de ámbito nacional indicada en el CTE. Según esta norma las principales responsabilidades del mantenedor son:
- Realizar el mantenimiento.
- En el caso que hubiera deficiencias de seguridad avisar al propietario.
- Hacer las reparaciones correspondientes a petición del propietario.
- Guardar los registros de las operaciones de mantenimiento durante un mínimo de 10 años.
La organización de mantenimiento debe tener en cuenta lo siguiente:
– Mantener las puertas de acuerdo con las instrucciones del fabricante y los requisitos establecidos en la presente norma.
– Efectuar los mantenimientos cumpliendo los requisitos que establece el fabricante o lo establecido en esta norma. Debe dedicarse especial atención a los elementos de seguridad de la puerta, manteniendo su buen funcionamiento para velar por la seguridad de las personas, dejando constancia documental.
– Advertir al propietario de la puerta, cuando aprecie riesgo grave de accidente, hasta que se efectúe la necesaria reparación.
– Atender los requerimientos del propietario de la puerta para corregir las averías que se produzcan en su funcionamiento, y en cumplimiento de lo establecido en el contrato de mantenimiento. Revisar y mantener la instalación de acuerdo con los plazos indicados en los contratos de mantenimiento.
– Poner en conocimiento del propietario de la puerta, las deficiencias de la instalación que afecten al cumplimiento de la norma vigente, a la seguridad de las personas o de las cosas, con el fin de que sean subsanadas en el menor plazo de tiempo posible.
– Responsabilizarse de que las puertas por ellos mantenidas se encuentran en condiciones de correcto funcionamiento tras la intervención.
La documentación de las operaciones de mantenimiento realizadas en las puertas debe conservarse durante un período mínimo de 10 años.
UNE 85121:2018, artículo 4.5.3
Para ver qué mantenimiento hay que realizar a las puertas peatonales automáticas , y cada cuanto tiempo, tenemos que acudir a la norma de instalación, uso y mantenimiento indicada en el CTE. En esta se indica que es el fabricante de la puerta quien tiene que especificar que revisiones se tienen que llevar a cabo en el mantenimiento y con qué periodicidad.
(…)
El fabricante debe especificar los diferentes niveles de mantenimiento y de su revisión requeridos (incluyendo comprobaciones de seguridad de funcionamiento), así como su frecuencia de aplicación, en función de los ciclos o el tiempo.
El fabricante debe definir la periodicidad de las operaciones de mantenimiento preventivo de seguridad según las características y el uso de la puerta.
(…)
UNE 85121:2018, artículo 4.5.1
En esta norma además se indica una periodicidad mínima recomendada, en función de su uso, para los casos que no se tenga información por parte del fabricante.
(…)
Para los casos en los que no se disponga de información por parte del fabricante, se considera aconsejable establecer, en función del uso de la puerta peatonal automática, dos niveles de mantenimiento preventivo:
– Uso ligero: menos de 73000 ciclos al año, cuando se puedan medir y en caso de no poder medir los ciclos <100 usuarios día.
– Uso intensivo: 73000 ciclos al año o más, cuando se puedan medir y en caso de no poder medir los ciclos ≥100 usuarios al día.
NOTA Los 73000 ciclos considerados equivalen a una frecuencia de paso de 100 personas al día, multiplicado por dos (entrada y salida) por 365 días al año.
Se recomienda que en el caso de puertas de uso ligero la periodicidad mínima de las revisiones sea semestral.
Se recomienda que en el caso de puertas de uso intensivo la periodicidad mínima de las revisiones sea trimestral.
UNE 85121:2018, artículo 4.5.1
Tal como se indica en la norma de instalación y uso mencionada en el CTE, el mantenimiento debe ser llevado a cabo por una organización o persona competente .
(…)
Solamente una instalación y mantenimiento correctos, llevados a cabo por una organización o persona competente, de conformidad con las instrucciones puede asegurar la seguridad y el funcionamiento previsto de una instalación.
(…)
UNE 85121:2018, artículo 0
Las instrucciones de mantenimiento dadas por el fabricante de la puerta deben estar divididas en varios niveles en función de la competencia necesaria para llevar a cabo las correspondientes tareas.
En la norma indicada en el CTE para el mantenimiento de puertas peatonales automáticas, se diferencian aquellas operaciones para las que no son necesarias una competencia específica (que pueden ser llevadas a cabo por el usuario , como sería la limpieza periódica), y otras para las que se necesita personal con competencias específicas (mantenedor especializado, para la comprobación de elementos mecánicos, eléctricos o de seguridad).
(…)
Las instrucciones suministradas con la puerta peatonal automática por el fabricante deben indicar claramente los diferentes niveles de competencia requerida para las tareas especificadas.
– Nivel básico. Instrucciones generales sencillas que permitan asegurar al propietario un funcionamiento sin incidentes de la puerta, sin necesidad de competencia específica. En general se refieren a operaciones de limpieza y supervisión.
– Nivel avanzado. Intervenciones de mantenimiento que deben ser ejecutados únicamente por personal adecuadamente preparado. En general se refieren a la comprobación de los elementos mecánicos, eléctricos y componentes de seguridad y su funcionalidad, así como los ajustes de sensores, seguridades, velocidad y fuerza de maniobra de las hojas, sistema antipánico, etc.
(…)
UNE 85121:2018, artículo 4.5.1
De manera general podemos encontrar una definición de competencia profesional en la ley orgánica de Cualificaciones y de la Formación Profesional. En esta definición se incide en la necesidad de poseer los conocimientos y capacidades que permiten llevar a cabo la tarea de manera adecuada. En la definición de Cualificación profesional se especifica que estos conocimientos se pueden adquirir mediante formación o experiencia laboral.
4. A los efectos de la presente Ley, se entenderá por:
a) Cualificación profesional: el conjunto de estándares de competencia con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación y a través de la experiencia laboral.
b) Competencia profesional: el conjunto de conocimientos y capacidades que permitan el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo.
Ley de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, Ley Orgánica 5/2002, artículo 7 punto 4
De manera más concreta nos podemos fijar en la definición de persona competente que da la norma europea de instalación, uso y mantenimiento de puertas peatonales automáticas mencionada en el CTE. En esta definición, además de volver a incidir en los conocimientos y experiencia, se añade la necesidad de tener las instrucciones adecuadas para llevar a cabo el trabajo.
persona competente:
Persona, entrenada adecuadamente, cualificada por conocimientos y experiencia práctica, y provista de las instrucciones necesarias que le capacitan para llevar a cabo la intervención requerida correctamente y con seguridad.
UNE 85121:2018, artículo 3.3
La documentación involucrada en el mantenimiento de las puertas peatonales automáticas la podemos agrupar en dos bloques, documentación previa y documentación a generar durante el mantenimiento.
La documentación necesaria inicialmente antes de comenzar las tareas de mantenimiento consiste en:
- Manual de uso y mantenimiento.
- Libro de mantenimiento (o libro de registro).
Esto viene reflejado en la norma armonizada de este producto.
(…)
Las instrucciones de mantenimiento rutinario deben destacar que, para asegurar un funcionamiento seguro, una fiabilidad de larga duración y un funcionamiento eficiente, las puertas peatonales automáticas (incluyendo sus dispositivos de protección y sistemas de seguridad) deben mantenerse regularmente conforme a la especificación del fabricante. Asimismo, deben detallar la frecuencia del mantenimiento (la frecuencia recomendada para la verificación del funcionamiento correcto de las funciones de seguridad y los dispositivos es, al menos, una vez al año) y ofrecer instrucciones generales simples para aquellas operaciones que puede realizar el propietario sin una formación específica, diferenciando cualquier operación de mantenimiento que haya de ser realizada únicamente por profesionales. Las instrucciones de mantenimiento deben informar al propietario acerca de la importancia de registrar cualquier operación de mantenimiento. El anexo I describe el libro de registro a realizar.
UNE-EN 16005:2013, artículo 4.2.1
La definición del manual de uso y mantenimiento que se da en la norma de Instalación, uso y mantenimiento es:
Manual, redactado por el fabricante y destinado al usuario, que incluye las instrucciones de uso y mantenimiento de la puerta peatonal automática, según los requisitos del apartado 4.3.1.
UNE 85121:2018, artículo 3.6
Y la definición del libro de mantenimiento (o libro de registro) es:
Libro que incluye los datos generales relacionados con las operaciones de mantenimiento efectuadas en una puerta peatonal automática específica. En este libro se incluyen los registros de las inspecciones, verificaciones, mantenimiento y cualquier reparación o modificación de la puerta, según los requisitos del apartado 4.5.2.
UNE 85121:2018, artículo 3.7
En la norma mencionada en el apartado anterior se hace referencia a dos documentos a tener en cuenta tras llevar a cabo las operaciones de mantenimiento:
- Informes de mantenimiento (documento a generar por el mantenedor )
- Libro de mantenimiento (documento a rellenar por el mantenedor )
En esta norma también se indica la obligatoriedad, por parte del mantenedor, de guardar los informes de mantenimiento durante un período mínimo de 10 años.
(…)
El libro de mantenimiento debe incluir un espacio disponible para registrar:
1) el mantenimiento y cualquier operación llevados a cabo, incluyendo recomendaciones (por ejemplo, mejoras, sustituciones);
2) todos los cambios significativos o mejoras realizados;
3) cualquier trabajo efectuado;
4) nombre, fecha y firma de la persona responsable.
UNE 85121:2018, artículo 4.5.2
(…)
Deben incluirse, como mínimo, los siguientes datos generales en un libro de mantenimiento antes de entregar el documento:
a) nombre y datos de contacto del fabricante;
b) número personal de identificación que aparece en el etiquetado de la puerta (solo para puertas completamente nuevas);
c) referencia de instalación de la puerta (cuando sea necesario);
d) nombre y datos de contacto de la empresa instaladora, cuando sea pertinente;
e) fecha de instalación definitiva;
f) identificación de toda unidad operadora automática;
g) identificación de todos los dispositivos de protección.
(…)
UNE 85121:2018, artículo 4.5.2
La organización de mantenimiento debe tener en cuenta lo siguiente:
– Mantener las puertas de acuerdo con las instrucciones del fabricante y los requisitos establecidos en la presente norma.
– Efectuar los mantenimientos cumpliendo los requisitos que establece el fabricante o lo establecido en esta norma. Debe dedicarse especial atención a los elementos de seguridad de la puerta, manteniendo su buen funcionamiento para velar por la seguridad de las personas, dejando constancia documental.
– Advertir al propietario de la puerta, cuando aprecie riesgo grave de accidente, hasta que se efectúe la necesaria reparación.
– Atender los requerimientos del propietario de la puerta para corregir las averías que se produzcan en su funcionamiento, y en cumplimiento de lo establecido en el contrato de mantenimiento. Revisar y mantener la instalación de acuerdo con los plazos indicados en los contratos de mantenimiento.
– Poner en conocimiento del propietario de la puerta, las deficiencias de la instalación que afecten al cumplimiento de la norma vigente, a la seguridad de las personas o de las cosas, con el fin de que sean subsanadas en el menor plazo de tiempo posible.
– Responsabilizarse de que las puertas por ellos mantenidas se encuentran en condiciones de correcto funcionamiento tras la intervención.
La documentación de las operaciones de mantenimiento realizadas en las puertas debe conservarse durante un período mínimo de 10 años.
UNE 85121:2018, Artículo 4.5.3